Cómo se calculan las horas extra en España
Las horas extraordinarias son las trabajadas por encima de la jornada ordinaria pactada. El art. 35 del Estatuto de los Trabajadores (ET) regula su pago y establece un límite anual.
El art. 35 ET y el recargo aplicable
El Estatuto de los Trabajadores no fija un porcentaje mínimo obligatorio de recargo a nivel estatal para las horas extra. Su única exigencia es que el pago de la hora extra no sea inferior al valor de la hora ordinaria. El porcentaje concreto de recargo lo determina cada convenio colectivo o el contrato individual, y habitualmente ronda el 75%, aunque puede variar según el sector o la empresa.
Límite legal: 80 horas extra al año
El art. 35.2 ET limita a 80 horas extraordinarias al año por trabajador, salvo dos excepciones: las horas extra compensadas con descanso dentro de los 4 meses siguientes a su realización, y las realizadas por fuerza mayor (para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes), que no computan a efectos de este límite.
Cómo se calcula el valor de la hora ordinaria
Se divide el salario bruto anual entre las horas de jornada anual pactadas:
Valor hora ordinaria = Salario bruto anual / Horas de jornada anual
El ET fija un máximo de 40 horas semanales de trabajo efectivo en promedio anual (lo que equivale a unas 1.826 horas al año), pero en la práctica los convenios colectivos suelen pactar jornadas algo menores, habitualmente entre 1.750 y 1.800 horas anuales.
Ejemplo (bruto 24.000 €, jornada 1.800 h, recargo 75%)
Valor hora ordinaria = 24.000 / 1.800 = 13,33 €/hora
Valor hora extra = 13,33 × 1,75 = 23,33 €/hora
Con 10 horas extra realizadas: total = 23,33 × 10 = 233,33 €
Recordá que el 75% de recargo y las 1.800 horas de jornada son valores de referencia orientativos: revisá siempre tu convenio colectivo o contrato para conocer las cifras exactas que aplican en tu caso. Calculá tus propias horas extra acá: Calculadora de Horas Extra España.